EDITORIAL
Desde el pasado jueves 25 de diciembre, miles de trabajadores colombianos empezaron a disfrutar de un derecho laboral que les había sido arrebatado por un gobierno aliado de los grandes grupos económicos del país en el año 2002, lo que generó un desequilibrio entre los beneficios para empleados y empresarios.
Se trata del pago de horas extras nocturnas desde las siete de la noche hasta las seis de la mañana. Antes del 2002 se pagaban a partir de las seis de la tarde y con la reforma de ese año a través de la ley 1950, solo se tenía derecho desde las 10 de la noche, además de quitar el recargo nocturno. Ahora los trabajadores han recuperado 3 horas de ese derecho gracias al gobierno progresista de Gustavo Petro que presentó a consideración del Congreso de la República su proyecto de reforma laboral el cual se convirtió en la Ley 2466 del 2025.
El artículo 11 de la mencionada Ley establece que la jornada diurna será entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que el trabajo nocturno será el que se realice entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. El valor de cada hora nocturna corresponde a la hora ordinaria más un recargo del 35%.
Esta nueva Ley que entra a regir en plenitud a partir del primero de enero de 2026 también contempla otros beneficios como cuatro permisos remunerados obligatorios para trabajadores y amplía licencias pagadas y un permiso vinculado a la movilidad sostenible, esto es, los trabajadores de empresas privadas podrán acordar con el empleador un (1) día de descanso remunerado por cada seis (6) meses de trabajo, siempre que certifiquen el uso de la bicicleta como medio de transporte para el desplazamiento diario hacia y desde el lugar de trabajo.
Además de los permisos remunerados, la Ley 2466 de 2025 introdujo otros ajustes como la reducción de la jornada laboral, que quedará en 42 horas semanales en 2026, así como la redefinición de los horarios de la jornada diurna y nocturna. De acuerdo con la norma, la jornada diurna irá de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., mientras que la jornada nocturna se establecerá entre 7:00 p. m. y 6:00 a. m. del día siguiente, con la aplicación de los recargos correspondientes.
Esta nueva reforma también eliminó el pago por horas. Los aprendices del SENA tendrán contrato laboral, recibirán el 75 % del salario mínimo durante el primer año y el 100 % en el segundo, además de acceso a seguridad social y ARL.
Otras medidas incluidas son la obligación de contratar formalmente a trabajadores del servicio doméstico, el pago del 100 % de recargo por trabajo en domingos y festivos, el reconocimiento de un salario mínimo legal mensual a los estudiantes de carreras en salud durante su internado, y la exigencia a las plataformas de reparto de garantizar seguridad social y riesgos laborales. Los teletrabajadores también recibirán un subsidio de conectividad, según lo establecido en la ley.
Esta reforma laboral que empieza a regir es prueba de que, cuando el Congreso de la República quiere legislar en bien del pueblo, son capaces de hacerlo. Por ello no dejaremos de lamentar que no haya sucedido lo mismo con las demás reformas propuestas por el presidente Gustavo Petro la cuales fueron archivadas por razones políticas sin ser estudiadas o debatidas. Algo bueno hubiera quedado.
Manizales, diciembre 28 de 2025.













