Mediante un comunicado oficial, la Secretaría General presentó a la comunidad universitaria el avance del proceso de elección del rector de la Universidad de Caldas e informó que: “la Procuraduría General de la Nación comunicó a nuestra Institución que se había avocado conocimiento de los impedimentos y recusaciones presentadas contra miembros del Consejo Superior Universitario en el trámite de la elección de Rector 2022-2026”.
El comunicado dice que el pasado 08 de junio de 2022 se publicó en la página web del “Observatorio de la Universidad Colombiana” (www.universidad.edu.co) una noticia titulada “Consejeros cuestionan ‘congelamiento’ de elección de rector de la U. de Caldas” donde se difunde el contenido de un comunicado que incluye información imprecisa que sin lugar a dudas genera desinformación sobre el proceso eleccionario de Rector 2022-2026.
Con el ánimo de informar sobre el estado actual de dicho proceso eleccionario y en atención a los mensajes difundidos por redes sociales, correos electrónicos y demás plataformas, que no contribuyen a mantener una correcta y verídica información institucional, amablemente comparto el siguiente vídeo donde se brindan claridades sobre la elección del Rector 2022- 2026 y se responde completamente la publicación referida https://youtu.be/hYxlH912Wjs
Adicionalmente, se remito el enlace de la página web del “Observatorio de la Universidad Colombiana” donde, de manera escrita y amplia, se responde uno por uno los cuestionamientos del comunicado difundido con información falsa: https://www.universidad.edu.co/eleccion-recoral-de-u-de-caldas-sigue-en-veremos-y-no-tiene-terna-confirmada/
De otro lado, es importante informar que el día 9 de junio de 2022 la Procuraduría General de la Nación comunicó a la Universidad de Caldas que se había avocado conocimiento de los impedimentos y recusaciones presentadas contra miembros del Consejo Superior Universitario en el trámite de la elección de Rector 2022-2026.
Asimismo, el organismo de control informó que se estudiarían de fondo los impedimentos y las recusaciones una vez se corriera traslado de los mismos a los interesados de conformidad con el artículo 12 de la ley 1437 de 2011 por parte de la Universidad, y una vez se tengan los pronunciamientos los mismos deberán ser remitidos a la Procuraduría.
Lo anterior ratifica que la competencia para decidir sobre los impedimentos y recusaciones de los miembros del Consejo Superior no es de dicha Corporación al haber quedado sin quorum deliberatorio y decisorio, sino que la misma recae en la Procuraduría General de la Nación en uso de su competencia residual en la materia, tal como había anotado esta Secretaría General en momentos anteriores.
Finalmente, se reitera la necesidad de manejar la situación actual con respeto a la Ley, a la institucionalidad y a las personas que integramos la administración universitaria. Es momento para trabajar por la unidad de los estamentos y para fortalecer nuestra Universidad de Caldas, termina el comunicado de la Secretaría General.