El Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo No. 546 del 14 de abril de 2020 que concede medidas de detención preventiva y de prisión domiciliaria transitoria, en el lugar de su residencia o en el que el Juez autorice, a las personas que se encontrasen cumpliendo medida de aseguramiento de detención preventiva en centros de detención transitoria o establecimientos penitenciarios y carcelarios del territorio nacional, con el fin de evitar el contagio de la enfermedad coronavirus del covid-19, su propagación y las consecuencias que de ello se deriven.
Este beneficio tendrá una duración de seis (6) meses y las personas que gozarán de él serán quienes se encuentren en cualquiera de los siguientes casos:
– Personas que hayan cumplido 60 años de edad.
– Madre gestante o con hijo menor de tres (3) años de edad, dentro de los establecimientos penitenciarios.
– Personas en situación de internamiento carcelario que padezcan cáncer, VIH e insuficiencia renal crónica, diabetes, insulinodependientes, trastorno pulmonar, anticoagulación, hepatitis B y C, hemofilia, artritis reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores, enfermedades coronarias, personas con trasplantes, enfermedades autoinmunes, enfermedades huérfanas y cualquier otra que ponga en grave riesgo la salud o la vida del recluso, de conformidad con la historia clínica.
– Persona con movilidad reducida por discapacidad debidamente acreditada.
– Personas condenadas o que se encontraren con medida de aseguramiento de detención por delitos culposos.
– Condenados a penas privativas de la libertad hasta cinco (5) años de prisión.
– Quienes hayan cumplido el cuarenta (40%) de la pena privativa de la libertad.
– Aunque son varios los delitos contemplados para el beneficio, son muchísimas más las excepciones por lo que en la práctica, serán muy pocos quienes tendrán este beneficio.
EN CALDAS
En el departamento de Caldas funcionan nueve centros de reclusión. De acuerdo con las proyecciones de aplicación de los beneficios de este decreto, de cada una de ellas quedarían en libertad el siguiente número de detenidos:
Manizales La Blanca: 45
Manizales Cárcel de mujeres: 5
La Dorada: 4
Salamina: 8
Riosucio: 1
Anserma: 1
Pácora: 1
Pensilvania: 0
En general, los Directores de los Establecimientos Penitenciarios manifiestan que este alivio será mínimo y el hacinamiento, con el consiguiente riesgo de contagio del covid-19, seguirá latente, lo que seguidamente provocará la protesta de la población carcelaria.