Opinion

EL DEBILITAMIENTO INSTITUCIONAL

José Ferney Paz Quintero

Por: J. F. Paz – Ex magistrado / Consultor.

Muchas cosas vienen ocurriendo desde el inicio de este gobierno, 7 de agosto del 2018, seguramente no percibido por una mayoría de colombianos, preocupados por el desempleo que aumenta cada mes, la inseguridad tanto urbana como rural, la crisis sanitaria que desnudó la total orfandad en materia hospitalaria, la corrupción que golpea la estructura estatal con medidas de poco alcance para su erradicación, que corresponde al debido funcionamiento de los pesos y contrapesos que deben evitar los abusos, las decisiones impulsivas del gobierno de turno.

En Colombia la separación de poderes ha existido, respetado por el ejecutivo, en ocasiones con mayor claridad que en otras, pero últimamente vemos con preocupación ese lento pero imperceptible debilitamiento institucional, donde los organismos de control parecieran cooptados por la gobernanza del momento.

Una Fiscalía General de la Nación encomendada a un militante del partido de gobierno, salido de su estructura burocrática, en cuanto a la Procuraduría todo pareciera indicar que el gobierno buscará ubicar a su Ministra de Justicia, que sin rubor alguno, a pesar de sus aspiraciones, sigue ejerciendo el cargo con unos pobres resultados, justicia con bajos índices de credibilidad, la Defensoría del Pueblo para otro áulico gubernamental, con el apoyo de una Cámara afín a las políticas oficiales.

Lo anterior sin considerar los dos cupos para proveer en la Corte Constitucional, que por sus decisiones pareciera trabajara con una Constitución diferente a la del 91.

Lo dicho por cuanto si resulta ser cierto el rumor de declarar exequible el Decreto de Emergencia que creó el impuesto solidario a los salarios de los empleados públicos y mesadas pensionales, se estaría transgrediendo la parte final del artículo 215 de la Constitución cuyo texto es claro y no admite interpretación alguna: “El gobierno no podrá desmejorar los derechos sociales de los trabajadores mediante los decretos de emergencia”, en concordancia con el artículo 48 que establece que cualquier “modificación al valor de las mesadas pensionales o su reducción deberá hacerse por medio de una reforma constitucional”.

Impuesto por demás inconstitucional, anti técnico, regresivo y excluyente.

Como van las cosas, solo nos resta pedir un RÉQUIEM PARA EL ESTADO DE DERECHO

ADENDA: UNA GRAVE DENUNCIA*

Lo denunciado en la Barca de Calderón respecto a la indelicadeza como antiética actuación del renunciado Magistrado Bernal a la Corte Constitucional ponente del impuesto solidario creado por la emergencia, sin que se hubiera declarado impedido, demuestra una vez más hasta donde ha llegado la justicia en sus más altas instancias.

Yo te ayudo gobierno en mis fallos, esperando reciprocidad burocrática, como si se estuviera aplicando el principio DOUT ET DES (Te hago para que mes des).

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