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REPRESENTANTE A LA CÁMARA ELECTO POR CALDAS, NO ESTÁ INHABILITADO

Se trata de Luis Fernando Gómez Betancur electo por el Partido Centro Democrático

Pasadas las elecciones se inicia una cacería de brujas buscando posibles inhabilidades e incompatibilidades de los candidatos electos con miras a demandar su elección.

Así le ha sucedido al electo Representante a la Cámara por Caldas del Partido Centro Democrático, Luis Fernando Gómez Betancur.

Las versiones dicen que un hermano suyo es Directivo del Hospital San Félix de La Dorada, ordenador de gasto y ejerce autoridad administrativa.

Al respecto tenemos lo siguiente:

PROHIBICIÓN CONSTITUCIONAL Y LEGAL

El artículo 179 de la Constitución Nacional, Inhabilidades para ser congresista, literal e) dice lo siguiente:

“e) Quienes tengan vínculo con funcionarios que ejerzan autoridad civil o política por:

  • Matrimonio
  • Unión Permanente
  • Parentesco:

 – En tercer grado de consanguinidad: Bisabuelos, abuelos, padres, hijos, nietos, bisnietos, hermanos y sobrinos

 – Primero de afinidad: Padres del cónyuge o hijos del cónyuge

 – Único civil: Padres Adoptivos o hijos adoptivos. Esta inhabilidad se configura siempre que lo anterior ocurra en la correspondiente circunscripción territorial, el día en que se llevan a cabo las elecciones.

En esta causal hay que tener en cuenta que los municipios hacen parte de la misma circunscripción territorial, por lo cual está inhabilitado un candidato a la Cámara que tenga vínculos, como los señalados, con funcionarios que ejerzan autoridad civil o política en municipios del mismo departamento por el cual se inscribe”

La norma define el concepto de Autoridad de la siguiente forma:

Autoridad Civil. La tiene un servidor público que por sus funciones cuenta con potestad de mando, de imposición, de dirección que se ejerce sobre la generalidad de las personas.

Autoridad Política: Le corresponde el gobierno y manejo del Estado, se encarga de ejecutar las leyes y tiene el poder de decidir con el fin de cumplir metas generales y el bien común. Le ejercen:

Nivel nacional: El Presidente, Ministros y Directores de Departamentos Administrativos.

Nivel Departamental: El Gobernador y los secretarios.

Nivel municipal: El Alcalde, los Secretarios y jefes de Departamentos Administrativos.

CASO CONCRETO

Antonio María Gómez Betancur, hermano del electo Representante a la Cámara, se desempeña como funcionario de la E. S. E. Hospital San Félix de La Dorada desde hace más de 33 años.

De acuerdo con el Decreto No.785 de 2005 el cargo directivo en esa entidad desapareció y pasó a ser Jefe de División en el nivel ejecutivo.

Ese caRgo no tiene funciones de ordenador de gasto ni poder nominador y tampoco capacidad de contratación; por lo tanto, no ejerce autoridad civil y/o política, lo que lo excluye de la prohibición del literal e) del artículo 179 de la Constitución Nacional.

Con toda seguridad, de presentarse demanda de nulidad de elección en este sentido, no prosperará.

Así es que el novel Representante a la Cámara puede ir comprando vestido para su posesión.

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