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BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO A VEHÍCULOS EN CALDAS

Entro en rigor la Ordenanza No. 994 del 24 de diciembre de 2024 que modificó el Estatuto Tributario del departamento de Caldas estableciendo beneficios para el traslado y matriculación de vehículos en toda la jurisdicción.

Este es un instrumento que permitirá atraer más vehículos a cada una de las oficinas de tránsito del departamento de Caldas.

Beneficios para traslado de vehículos:

Los vehículos y motocicletas superiores a 125 CC a combustión que trasladen la matrícula de otro departamento al departamento de Caldas, tendrán los siguientes descuentos:

– 70% descuento primer año
– ⁠50% descuento segundo año.

Para acceder a este beneficio, el pago del impueto deberá realizrse dentro de las fechsa establecidas en el calendario tributario del departamento de Caldas

Beneficios matricula y traslado de carros eléctricos e híbridos:

Los vehículos híbridos y eléctricos que trasladen la matrícula de otro departamento al departamento de Caldas tendrán un decuento por pronto pago en el impueto vehicular así:

– 60% primer año
– ⁠50% segundo año
– ⁠40% tercer, cuarto y quinto año.

Para acceder a este beneficio, el pago del impuesto deberá realizarse dentro de las fechas establecidas en e calendario tributario del departamento de Caldas.

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