EDITORIAL
Ante el inminente hundimiento del proyecto de reforma a la salud en el Senado de la República, el presidente Gustavo Petro el pasado viernes en Cali planteó la posibilidad de convocatoria a una constituyente. Una a una, todas las reformas sociales propuestas por el gobierno nacional al Congreso han ido teniendo traspiés lo que originó esta propuesta.
Este anuncio del Presidente Petro se ha prestado para múltiples interpretaciones y a una desinformación total ante la falta de conocimiento de la mayoría de la población sobre el trámite que tiene esta propuesta, el cual no es nada fácil y poco probable en lo que resta de este período presidencial.
La Constitución Nacional de 1991 establece en su artículo 375 que puede ser reformada por el Congreso, una Asamblea Constituyente o un referendo popular.
El trámite para la Asamblea Constituyente es bastante dispendioso y largo. Primero que todo el Senado y la Cámara de Representantes debe de aprobar un proyecto de Ley que convoque a elecciones para que los ciudadanos aprueben o rechacen la convocatoria.
De ser aprobado por la mayoría de los miembros del senado y de la cámara de representantes, este proyecto de Ley antes de ser sancionado por el Presidente de la República tiene que ir a control constitucional ante la Corte.
Surtidos los dos trámites anteriores, los ciudadanos en elecciones convocadas deben aprobar por mayoría la iniciativa de la Asamblea Nacional Constituyente.
En síntesis, para que esta iniciativa de Petro sea aprobada necesita mayorías en el Congreso, la Corte Constitucional y en el pueblo, lo que hoy es muy difícil.
Los congresistas tienen de todo menos de tontos para hacerse el harakiri. Sería mucho más fácil que le pregunten al pueblo sobre cada una de las reformas propuestas por Petro.
Manizales, marzo 18 de 2024.
