EDITORIAL
La doble militancia en el ordenamiento jurídico colombiano tiene su génesis en el Acto Legislativo 01 de 2003, que modificó el artículo 107 de la Constitución Política, al prever que en ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica.
Así, la doble militancia surgió con la finalidad de fortalecer a los partidos y movimientos políticos como representantes de la sociedad, garantizando su disciplina y actuación coordinada en un el régimen de bancadas.
Sin embargo, la prohibición de la doble militancia en las campañas electorales, en la práctica, solo aplica para los aspirantes a las corporaciones públicas más no para los candidatos a posiciones uninominales como alcaldes y gobernadores, quienes a través del sistema de coavales, pueden recibir apoyos de la militancia de diferentes partidos, lo mismo que invitar a votar por las listas de esas mismas colectividades sin incurrir en falta alguna.
Esta es la razón por la que la nueva modalidad de candidatos a alcaldías y gobernaciones es recolectar el mayor número de coavales como si se tratara de una colección sin importar que varios de ellos ideológicamente vayan en contraposición. Esto no es serio ni para los partidos ni para la democracia.
La feria de coavales que estamos registrando, también es el producto de la proliferación de partidos y movimientos políticos debido a la laxitud de los últimos tiempos del Consejo Nacional Electoral al otorgar personerías jurídicas. Ya tenemos 38, retornando de esta forma a la época entre 1994 y 2000 en la que hubo 78 colectividades legalmente reconocidas.
Esta es otra de las fallas o vacíos que debe corregir una reforma electoral para que el sistema electoral sea realmente equitativo en materia de doble militancia porque como se ha demostrado en la práctica, solo aplica para algunos. Si un partido no presenta candidato propio, lo lógico es que su militancia quede en libertad.
También es fundamental colocar en cintura el otorgamiento de nuevas personerías jurídicas a partidos o movimientos políticos y hacer una depuración de las existentes porque de lo contrario, cada parlamentario terminará con su propia organización para otorgar avales a diestra y siniestra.
Manizales, agosto 06 de 2023.
