Opinion

AQUÍ PENSANDO

Por: Cristina Otálvaro Idárraga-Abogada; Conciliadora en Derecho; Especialista en Gestión Pública, en Derecho Constitucional y Parlamentario y Derecho de Familia; Magister en Políticas Públicas.

Después de muchos avatares jurídicos y administrativos se ha sancionado la denominada Ley de Borrón y Cuenta Nueva, cuyo autor y promotor es el hoy Senador David Barguil. Esta Ley fue debidamente sancionada por el Presidente de la República, luego de que el Congreso la hubiera aprobada en mayo de 2020 y solo hasta octubre de este año fuera declarada exequible por la Corte Constitucional.

Según los estudios, esta ley busca beneficiar a más de 10 millones de colombianos que pueden pagar o reestructurar sus deudas para poder quedar sin reportes en Data crédito o Transunión.

Los colombianos no tenemos cien por ciento la conciencia de tener una buena vida crediticia, es normal que se le deba hasta al de la tienda y seguimos como si nada, si bien con la creación de las centrales de información de créditos se busca la calificación de una persona con respecto al cumplimiento o no de sus obligaciones con bancos y otras entidades, también es cierto que en muchas ocasiones no pagar a tiempo una factura de $25.000 va dejando una mancha en el titular de la deuda, que después con dificultad puede sanear.

Pese a las regulaciones que se habían fijado con respecto a los tiempos máximos que se permite tener reportada a una persona, en su gran mayoría no se cumplía y personas que hace 3 o 4 años no pagaron a tiempo una factura o un crédito quedaban limitados para poder acceder a otro tipo de obligaciones.

La ley de borrón y cuenta nueva busca que: si el titular del crédito se pone al día con las cuotas atrasadas, la obligación ya está prescrita o si logra un acuerdo de pago con la entidad financiera, solo debe esperar a que se cumplan los plazos de la amnistía para que las centrales de riesgos eliminen el reporte. La Ley contempla una amnistía de una sola vez, es decir, dispone un plazo de un año luego de aprobada la ley para que las personas cubran su deuda y se pongan al día; una vez esto suceda, saldrán de las centrales de riesgo en un plazo máximo de seis meses.

Dentro de la novedad que trae la ley se encuentra que se prohíbe la consulta a las centrales de riesgo para otorgar un empleo y se protege a las víctimas de suplantación personal pues, en adelante, con la sola comunicación, y acompañando como mínimo copia de la denuncia, la entidad financiera debe eliminar el reporte negativo; esta última medida importantísima, teniendo en cuenta que muchos casos hemos conocido de personas a quienes les usaban una fotocopia de la cédula para que les otorgaran un crédito a persona distinta al titular con el fin de poder adquirir algún producto, y luego venía el problema para el titular de la cédula pudiera demostrar que la misma le había sido hurtada o que su firma no era la que correspondía al formulario del crédito. Y ni se diga para salir de las centrales de riesgo que ya lo tenían registrado como deudor moroso.

En un momento en que se habla de reactivación económica en el país, esta medida beneficiará a quien ha sido buena paga toda su vida, pero producto de algún olvido o mala racha económica fue reportado y hoy no goza de una buena calificación financiera. Y Usted, ¿considera importante en materia económica esta Ley?  

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