Opinion

MEGA CORRUPCION VS MEGA PENSIONES

José Ferney Paz Quintero

Por: J. F. Paz – Ex magistrado / Consultor.

La pandemia  que viene azotando el territorio nacional con una serie de medidas  impositivas oficiales, algunas propias de los regímenes totalitarios, que van desde la declaratoria de la emergencia sanitaria, sin control político y judicial alguno, hasta el aislamiento como en las épocas medievales, de pronto con abuso de la función pública, coartando libertades individuales, originando una cascada de decretos, la mayoría con los mismos considerandos, aunque se viole la constitución, como el discutido impuesto solidario para los empleados públicos y pensionados, en contravía  de lo estipulado en  la parte final del artículo 215 de la Constitución, “El gobierno no podrá desmejorar los derechos sociales de los trabajadores mediante los decretos contemplados en este artículo.”

Igualmente, el artículo 338 reafirma que en tiempo de paz “solo el Congreso, las Asambleas y los Concejos podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales“.

De donde se inventa el gobierno el término de MEGA PENSIONES que utiliza en el extenso articulado del Decreto legislativo 568 de 2020 que crea el impuesto solidario para los empleados y pensionados, dándole un calificativo despectivo a un reconocimiento por unos servicios prestados al Estado durante muchos años, con las cotizaciones de ley, buscando tener una relativa tranquilidad en esa etapa de la senectud.

La pensión no es un regalo del gobierno, es  sagrada e intocable, se trata  de algo logrado a lo largo de los años, pero  ahora se  le quiere equiparar como si recibieran unos enormes ingresos aportados por el  erario, frente a la rampante mega corrupción que azota al país, muchas veces patrocinada desde las altas esferas oficiales, con nulas investigaciones que se traducen  en la total impunidad, evitando considerar  los mega salarios de algunos altos funcionarios  y asesores de  palacio que abundan  a granel.

Se utiliza ese término desatinado e irrespetuoso, para despojar dolosamente al pensionado que solo tiene ese ingreso para el sustento familiar, al derecho a su subsistencia, como la de sus descendientes, después de haber trasegado con un prolongado ejercicio laboral, con gravámenes del 15, 17 y 20 por ciento sin contar con las deducciones por salud, cuyo servicio no pasa de ser sino deficiente y caótico.

Que la Corte Constitucional se pronuncie, que ejerza sus facultades de guardián de la carta política haciéndola respetar, que pareciera ser un texto más en las bibliotecas del Ministro de Hacienda y de la Casa de Nariño, con las advertencias de ley al gobierno central de ceñirse al marco constitucional vigente, que es lo que nos diferencia de los regímenes absolutistas.

Que la pandemia no sea la disculpa para erosionar el Estado de derecho, desmontando a través de decretos la poca democracia que nos queda.

ADENDA. Sale la convocatoria para proveer una vacancia por vencimiento de periodo de un magistrado de la Corte Constitucional, corporación creada por la Constitución 91 con el fin de guardar la integridad y supremacía de la carta política, tan manoseada en los últimos años con más de 47 modificaciones generando una marcada inestabilidad constitucional que impacta la seguridad jurídica del régimen político de la nación.

Que la terna que se escoja por parte del Consejo de Estado para ser remitida al Senado de la República esté libre de compromisos políticos, como burocráticos, responda solo a la capacidad jurídica, antecedentes profesionales, académicos de quienes la integren.

En un sistema democrático exitoso está el debido funcionamiento de los pesos y contrapesos para evitar los abusos y las decisiones impulsivas de los gobiernos.

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