Por: Alejandro Loaiza Salazar – Enlace Congreso de la República. Oriundo de Samaná, con estudios en Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Externado de Colombia.
Con motivo del estado de emergencia decretado por el Gobierno Nacional, no son pocos los Honorables Parlamentarios quienes andan un tanto confundidos frente a la decisión de sesionar o no en estos días, justo cuando se espera un fuerte incremento de casos de contagio por el ya muy conocido virus.
Lo primero que hay que decir es que efectivamente en nuestro Congreso son solo algunos Honorables los que se toman el trabajo de leer las leyes que nos rigen, así como las que ellos decretan.
Nadie, absolutamente nadie en este país, bajo el Imperio del Estado Social de Derecho que desarrolla la Constitución del 91 puede obstaculizarle al Congreso su derecho a sesionar, ni siquiera un decreto con fuerza de ley en el marco de un estado de excepción que prohíba las aglomeraciones de más de 50 personas.
Ridículamente han caído algunos congresistas en la falsa idea de que debe el presidente modificar sus decretos para permitirles las sesiones a los Congresistas. Pero de manera más absurda e inclusive atrevida e ignorante, el secretario de Gobierno de Bogotá emitió el siguiente pronunciamiento a través de Twitter:

La Pirámide de KELSEN explica la jerarquía de las leyes, en síntesis, para el caso de Colombia, en la cúspide de la pirámide se encuentra la Constitución Política, más abajo las leyes estatutarias, seguido de las leyes orgánicas, las leyes ordinarias, los decretos legislativos, los decretos ley, y así sucesivamente. Y además explica esta teoría, como ninguna norma inferior puede derogar una norma superior, por ejemplo y para el caso concreto, no podría el Presidente emitiendo un decreto (y menos, muy a pesar de lo dicho por el secretario de Gobierno de Bogotá) un decreto de una alcaldía, derogar lo dicho por la Constitución del 91 en su artículo 138, el cual reza en sus dos primeros incisos:
ARTICULO 138. El Congreso, por derecho propio, se reunirá en sesiones ordinarias, durante dos períodos por año, que constituirán una sola legislatura. El primer período de sesiones comenzará el 20 de julio y terminará el 16 de diciembre; el segundo el 16 de marzo y concluirá el 20 de junio.
Si por cualquier causa no pudiere reunirse en las fechas indicadas, lo hará tan pronto como fuere posible, dentro de los períodos respectivos.
Es decir, en el entendido que el congreso es una rama independiente del poder público y que la constitución así lo desarrolla, el POR DERECHO PROPIO, sin que nadie interfiera podrá sesionar en los periodos que la constitución lo disponga.
En otras palabras, no necesita el Congreso autorización alguna para sesionar, hoy bien lo puede hacer, a tal punto que la Ley Estatutaria 137 “Por la cual se reglamentan los Estados de Excepción en Colombia” contempla en su artículo 15 sobre prohibiciones, la ilegalidad e inconstitucionalidad de “Interrumpir el normal funcionamiento de las ramas del poder público…”
Ahora que si existe un riesgo de contagio para los Honorables y si es posible que ellos puedan votar virtualmente, es un tema más fácil de resolver de lo que se imaginan.
Vale la pena decir que en este punto de la emergencia hoy necesitamos a un congreso enfocado en hacer control sobre los decretos emitidos y evitar los excesos, y ello no quiere decir que dada la situación sea necesario estar convocando a todos los ministros para realizar control político, mas aun cuando ellos deben estar concentrados en procura de buscar soluciones, para eso está la ministra de Interior a quien deben de empoderar de cara a esta pandemia para tener dialogo constante y directo con el Congreso e inclusive en la medida de lo posible remplazar a sus compañeros en las sesiones futuras.
Frente al voto virtual, debería el congreso para evitar concentraciones, y entendiendo la complejidad de verificar por plataformas virtuales el voto de los honorables, habilitar las oficinas al interior del parlamento, para que desde allí y remotamente, pero en el mismo espacio que se circunscribe al Capitolio y el edificio nuevo del Congreso, facilitar su voto, logrando verificar su presencia de manera mucho más fácil y practica. Sumado a lo anterior y aplicando una medida que ya el Presidente del Senado pensaba establecer, imponer un símil de pico y placa para la entrada de los Congresistas al parlamento en aras de salvaguardar su salud.
En otras palabras, si no quieren trabajar es porque así lo desean.
Twitter: @AlejandroLSFD
