CALDAS

PROCEDIMIENTOS EN EL SECTOR EDUCATIVO DURANTE PERÍODO DE CONTINGENCIA POR EL COVID-19

Secretaría de Educación informa sobre procedimientos durante periodo de contingencia: rectores pactan con docentes trabajo en casa para el diseño y construcción de herramientas de aprendizaje a distancia con los estudiantes. Además, productos perecederos

A través de las circulares 59 y 62, la Secretaria de Educación Departamental dio directrices a los rectores de las Instituciones Educativas de acogerse a la norma presidencial 02 del 12 de marzo que indica el trabajo en casa por medio del uso de las TIC y otras herramientas colaborativas. Así las cosas, lo rectores pactarán con su personal docente como trabajarán estas dos semanas mientras rige el receso estudiantil en las aulas como contingencia por la pandemia del Covid-19.

La idea es que los docentes puedan, desde casa, desarrollar escenarios flexibles de planes de estudio que -a su vez- permitan mecanismos de aprendizaje a distancia para los estudiantes. De esta manera deberán, durante dos semanas (entre el 16 y el 27 de marzo), crear cartillas, guías y también videos. Donde haya acceso a internet, están llamados a utilizar las herramientas dispuestas por el Ministerio de Educación tales como el portal de Colombia Aprende y su banco de material pedagógico Aprender digital.

Dicho trabajo de los docentes en casa deberá ser reportado por los rectores toda vez que el material realizado durante las dos semanas de ‘desarrollo institucional’ será aplicado para el 20 de abril en caso que la contingencia escolar continúe. Estas son directrices dispuestas tanto en la circular departamental como en la más reciente del Ministerio (#21).

Igualmente, el equipo de trabajo de la Secretaría de Educación hizo un recorrido por subregiones con el fin de explicar las acciones contempladas en las circulares y resolver las inquietudes particulares de rectores y su contexto para trabajar unificados durante esta contingencia.

“En manos de los rectores, que conocen su contexto, está la metodología a implementar, ya sea el envío de videos explicativos de los docentes por el WhatsApp a los estudiantes o padres de familia o utilizar las rutas escolares para que entreguen guías y cartillas a estudiantes de zonas de difícil acceso, entre otras que se deberán definir con las evidencias presentadas antes de terminar las semanas de desarrollo institucional el 27 de marzo”, señaló el Secretario de Educación, Fabio Hernando Arias.

Así las cosas, entre el 16 y el 27 de marzo serán semanas de desarrollo institucional de los docentes al tiempo que se hace receso estudiantil, entre el 30 de marzo y el 19 de abril se adelantan vacaciones del sector educativo y el 20 de abril continua el trabajo académico teniendo en cuenta la evolución de la epidemia; este será presencial o en casa. De esta manera las semanas de estudio no se alteran y se garantiza la educación completa a los estudiantes.

ALIMENTACIÓN ESCOLAR

Por otro, lado la unidad administrativa especial de Alimentación Escolar expidió la circular número 01 del día 16 de marzo de 2020, por medio de la cual dan orientaciones técnicas y administrativas para la operación del PAE frente a la modificación del calendario académico, especialmente el numeral 4. Allí solicitan realizar mesas de trabajo con organismos de control, operadores y rectores con el objetivo de establecer las condiciones y buen uso que se le darán a los alimentos perecederos ya entregados o con vencimiento en las semanas proyectadas de receso académico.

En Caldas esta mesa se realizó y, como conclusión, se emite la circular 060 del 18 de marzo, donde se dejan las orientaciones para la entrega de productos perecederos, entre ellas las siguientes:

1. Se deja claridad que los contratos PAE quedan suspendidos y no podrá llegar más alimentos a los establecimientos educativos hasta reiniciar el calendario académico y que los niños y niñas estén en el aula.

2. Los alimentos perecederos (no comidas preparadas) que se encuentran en los establecimientos educativos serán entregados a los mismos estudiantes y sus representantes serán quienes los reclamen.

3. Cada Rector de los establecimientos educativos dispondrá de los alimentos a entregar teniendo en cuenta acciones como evidencia de actas de entrega, donde se indique las personas focalizadas, cantidades entregadas y el protocolo o dinámica de entrega, acogiéndose a las instrucciones de nivel nacional y departamental en cuanto a número de personas en reuniones.

Las instituciones educativas también deben dejar acta firmada con el inventario de los productos no perecederos que dejan almacenados en el establecimiento educativo, estos lineamientos dados por parte del Ministerio y el Departamento deben ser evidencia para futuras revisiones de entes de control.

Lo más visto

Subir