LA DEMANDA ES CONTRA UN GRUPO DE OCHO SENADORES LIBERALES
31 octubre 2018
Se ha conocido en los últimos días una demanda de nulidad en la Sección Quinta del Consejo de Estado contra el acto de elección del senador liberal caldense, Mario Alberto Castaño Pérez.
Esa demanda fue presentada el 16 de agosto por Sonia Beatríz Cabrera González, Jesús Antonio Arias Húerfano, Jorge Augusto Hernández y Jorge Lara Bonilla contra un grupo de senadores elegidos por el Partido Liberal el 11 de marzo de 2018.
Le correspondió por reparto a la Magistrada Rocío Araujo Oñate quien el 17 de septiembre emitió Auto cuya parte resolutiva dice lo siguiente:
“PRIMERO. INADMITIR la demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad electoral por los señores Sonia Beatriz Cabrera González, Jesús Antonio Arias Huérfano, Jorge Augusto Hernández R. y Jorge Lara Bonilla contra la elección de los señores Mauricio Gómez Amín, Miguel Ángel Pinto Hernández, Rodrigo Villalba Mosquera, Laura Esther Fortich Sánchez, Mario Alberto Castaño Pérez, Fabio Raúl Amín Salame, Iván Darío Agudelo Zapata y Horacio José Serpa Moncada como Senadores de la República para el período 2018-2022.
SEGUNDO. ORDENAR al demandante fraccionar su demanda para que presente escritos separados en los que se planteen las pretensiones fundadas en causales objetivas, así como también por cada uno de los Senadores de la República Mauricio Gómez Amín, Miguel Ángel Pinto Hernández, Rodrigo Villalba Mosquera, Laura Esther Fortich Sánchez, Mario Alberto Castaño Pérez, Fabio Raúl Amín Salame, Iván Darío Agudelo Zapata y Horacio José Serpa Moncada con fundamento en las causales subjetivas.
Estos escritos deberán satisfacer los requisitos de la demanda previstos en los artículos 162 y 166 de la Ley 1437 de 2011 y desarrollar de forma individual el concepto de la violación que fundamenta su solicitud de nulidad del acto de elección.”.
En los días siguientes los autores presentaron las ocho demandas por separado. Los accionantes solicitaron la nulidad del acto de elección al considerar que los senadores electos fueron avalados por el Partido Liberal, por persona no legitimada para ello.
El Consejo de Estado deberá resolver estas demandas próximamente. Consultados expertos sobre el tema, consideran que, aunque fueron aceptadas, es muy poco probable que prosperen, entre otras razones, porque debieron haber interpuesto una acción electoral ante el Consejo Nacional Electoral dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la inscripción como candidatos, instancia que no agotaron.
Es de anotar que la demanda de nulidad de la elección es contra ocho senadores liberales invocando la misma causal, y no solamente contra el senador caldense Mario Castaño Pérez.
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