Sucesos

DETENCION DOMICILIARIA PARA CARLOS ARTURO FEHÓ MONCADA

FOTO: EL TIEMPO

A las 8 de la mañana de hoy jueves llegó a la Cárcel La Blanca de Manizales procedente de la Cárcel Picota de Bogotá, el ex gerente de la Industria Licorera de Caldas, Carlos Arturo Fehó Moncada, a quien un Juez de Ejecución de Penas de la capital de la república le concedió el beneficio de detención domiciliaria.

Una vez cumplidos los trámites de rigor fue trasladado a su residencia en donde continuará pagando su condena bajo el monitoreo de personal del INPEC.

Fehó, quien actualmente cuenta con 53 años de edad, fue condenado por el Tribunal Superior de Manizales a 6 años de prisión por falsedad ideológica en documento público e interés indebido en celebración de contratos.

El beneficio de prisión domiciliaria le fue otorgado por buena conducta durante el tiempo que llevaba recluido en establecimiento carcelario y la publicación de un libro de su autoría.

La prisión domiciliaria se da cuando se cumplen ciertas condiciones con el reo. Principalmente cuando su sentencia es igual o menor a los cinco años de prisión.

En este caso se podrá solicitar que la pena se pague en el hogar de residencia o en el lugar que el juez determine, siempre y cuando no afecte a la víctima. Si el implicado causó un daño a un familiar cercano o a una persona de su entorno familiar y personal, este beneficio no se podrá dar.

Asimismo, el juez analiza muy bien la situación personal, laboral o social del sentenciado para otorgarle la prisión domiciliaria. Pero esta decisión debe estar fundada en que no habrá peligro para la comunidad, la familia o las personas del vecindario. Esta decisión va de la mano de la buena conducta del implicado.

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